Sector productivo colombiano se pronuncia frente a iniciativas del Gobierno Nacional para regular la publicidad
Mediante acciones coordinadas o conjuntas, la UCEP y el sector productivo representado en las asociaciones ANDA y ANDI , se encuentran atentos e interviniendo ante las crecientes iniciativas del Estado, en especial del sector salud, para imponer restricciones y regulaciones a la publicidad, argumentando razones de interés público como la salud y los derechos del consumidor.
En publicaciones recientes en este sitio web, informamos la posición de la UCEP en relación con la iniciativa en curso para restringir y aun prohibir la publicidad de algunos productos catalogados como alimenticios, en atención a su influencia sobre la obesidad infantil.
En esta oportunidad, el sector se pronuncia en relación con el proyecto de resolución por medio de la cual el Ministerio de Salud pretende la modificación de los artículos 12, 14 y 15 de la Resolución 4150 de 2009, resolución que estableció el reglamento técnico que contiene los requisitos que deben cumplir las bebidas energizantes destinadas al consumo humano.
La UCEP invitó a la Asociación Nacional de Anunciantes (ANDA), a suscribir conjuntamente la comunicación en la que se expresa la preocupación del sector por la manera como se pretende imponer estas restricciones, si bien reconocen y ponen de presente el ejercicio de la responsabilidad social de las empresas productoras, anunciantes y publicitarias, en la contribución con la protección de la vida, la salud y la seguridad humana y la prevención de prácticas que puedan inducir a error o engaño al consumidor, principios que resultan totalmente legítimos y que son apoyados por el sector privado.
No obstante, no puede permitirse que iniciativas como la indicada, hagan imposible el ejercicio de la libre expresión comercial por imponer medidas excesivas e innecesarias para la protección de los intereses generales de la población.
Expresa la comunicación dirigida al Ministro de Salud, que "somos conscientes como industria que ninguna libertad, ningún derecho, por fundamental que sea, resulta ilimitado. Somos respetuosos de los limites, excepciones y aún de la eventual colisión con derechos superiores que encuentra la libertad de expresión comercial.Sin embargo, esa consciencia no hace permisible aceptar que se cercene innecesariamente la iniciativa y la creatividad al punto de pretender convertir los mensajes publicitarios en etiquetas proveedoras de información técnica o científica, o que en el caso de la propuesta resulta evidente en la medida en que el espacio publicitario requerido para incluir todas las advertencias que obliga el proyecto, hará necesariamente imposible realizar avisos o mensajes publicitarios que contengan información o propuesta creativa diferente a las leyendas ordenadas por el Ministerio.
Por lo demás, el valor de los espacios publicitarios en los medios de comunicación, impediría contar con el que resulte suficiente para la inclusión de la información requerida, en coexistencia con el contenido creativo del mensaje. En consecuencia, imponer esta obligación haría en la práctica, desaparecer la publicidad de este tipo de productos."
Resaltan que "como manifestación de la libertad de expresión, derecho fundamental asociado a principios de relevancia e interés constitucional tales como la libertad de información, la libre empresa, etc; si bien puede encontrar restricciones en aras de derechos superiores, impone a las autoridades el deber de seguir con rigidez los principios establecidos constitucional o jurisprudencialmente, para efectos de limitar su ejercicio".
Después de realizar el análisis jurídico y técnico-publicitario de las medidas que pretende imponer el Estado, las presidentes de la ANDA y de la UCEP, concluyen invitando al sector público a apoyar y respetar los mecanismos de autorregulación del sector los que resultan más eficientes y ágiles que el control estatal.
Dice la comunicación al respecto: "..reiteramos al Señor Ministro, tomar en consideración la confianza en la responsabilidad social del sector privado y en las normas de autorregulación que muchas veces resultan más estrictas y eficaces que la imposición estatal. En efecto, el Código Colombiano de Autorregulación Publicitaria, suscrito por la ANDA, la UCEP y las Cámaras de Alimentos y de Bebidas de la ANDI, entre otras organizaciones, desarrolla normas específicas, claras y contundentes en relación con la publicidad dirigida a niños, niñas y adolescentes, con énfasis particular no solo en relación con la publicidad de productos alimenticios, sino de estímulo de conductas y hábitos saludables.
El tenor y contenido de estas disposiciones sigue los mismos lineamientos de todos los Códigos de Autorregulación del mundo, dada la interrelación que existe entre todas las normas y organismos éticos de autorregulación. Por esta razón, Colombia es parte de CONARED, integrada por las autoridades de autorregulación de América Latina; y de la EASA - Alianza Europea de Normas Publicitarias (EASA)- voz autorizada en cuestiones de autorregulación de la publicidad en Europa y que promueve elevadas normas de ética en las comunicaciones comerciales por medio de autorregulación eficaz, estando conscientes de las diferencias nacionales de cultura, práctica legal y comercial, tal y como en nuestro país lo hace la Comisión Nacional de Autorregulación Publicitaria presidida y liderada por la UCEP.
Como consecuencia, a más de nuestras observaciones al proyecto en mención, en representación de la UCEP; de la ANDA y de la CONARP Colombia, así como de las empresas afiliadas del sector publicitario y de anunciantes que ejercen a cabalidad su responsabilidad ética y social, invitamos a ese despacho y demás autoridades de nuestro país, a considerar fortalecer y hacer uso de los mecanismos éticos de la publicidad con el fin de verificar y aprovechar su eficacia, seguramente mayor y más oportuna que las eventuales propuestas regulatorias y restrictivas del eslabón final de la cadena productiva. "
Por su parte, la ANDI, presentó al Ministerio de Salud una serie de justificaciones de orden científico en relación con los pretendidos efectos de las bebidas energizantes que les atribuye el Estado, así como el análisis jurídico de las restricciones, que fueron apoyadas expresamente por la ANDA y por la UCEP.
Para mayor información, ver las Comunicaciones enviadas por la UCEP al Minsalud y los